De acuerdo a lo anterior todo beneficiario del SISAE podrá ser atendido, en cualquier entidad de salud ya sea institucional, pública o privada mas cercana al sitio en que se encuentre al momento de requerir atención médica, siempre y cuando su condición de salud implique riesgo vital y/o secuela funcional grave, la que deberá ser certificada por el diagnóstico del médico cirujano de la unidad de emergencia que brinde la atención. Sin perjuicio de lo anterior, estas prestaciones serán bonificadas por la JEAFOSALE, hasta la estabilización o estado de equilibrio de las funciones vitales del paciente beneficiario, previa revisión de su Contraloría Médica.
El paciente que recibió una atención de Emergencia o Urgencia, que fue estabilizado y se encuentre con sus funciones vitales en equilibrio y además esté en condiciones de ser trasladado, deberá ser derivado al Hospital Militar de santiago, Hospital Militar del Norte ó a una instalación de salud de regiones que se encuentre en convenio con el COSALE. La estabilización del paciente deberá certificarse en la misma forma y documentos en que se acredita el estado de Emergencia o Urgencia, dejando estipulada la fecha y hora de la misma.
Si por algún motivo o razón, el beneficiario o familiares deciden, una vez estabilizado el paciente, mantenerlo en el mismo lugar en donde se recibió la atención de Urgencia, o trasladarlo a otro establecimiento sin convenio con el COSALE, la JEAFOSALE solo bonificará las prestaciones correspondientes al proceso de estabilización de la emergencia, siendo el resto de las atenciones consideradas como efectuadas a un paciente privado, sin cobertura financiera del SISAE.
¿Qué hago en caso de urgencia dental?
Usted puede dirigirse a las siguientes instalaciones de salud.