Personal en Servicio Activo y Otros Activos
Si usted se encuentra adscrito al Fondo de Salud Familiar del Ejército (FOSAFE), cotizando adicionalmente UF.0,2334, accederá a un aumento del tope de bonificación, desde UF.700 a UF.1000 anuales, Este aumento implica un impacto positivo en la bonificación adicional a que acceden los beneficiarios, no sólo ante la aparición de una enfermedad catastrófica, de por sí costosa, sino que también ante la existencia de cirugía de alta complejidad, con prolongados períodos de duración, las que finalmente resultan en un elevado nivel de endeudamiento del grupo familiar.
Personal en Condición de Retiro
Si usted se encuentra adscrito al Fondo Complementario de Salud para Personal Pensionado del Ejército (Fdo. Complementario), cotizando adicionalmente UF.0,1867 accederá a un aumento del tope de bonificación, desde UF.700 a UF.1000 anuales. Este aumento implica un impacto positivo en la bonificación adicional a que acceden los beneficiarios, no sólo ante la aparición de una enfermedad catastrófica, de por sí costosa, sino que también ante la existencia de cirugía de alta complejidad, con prolongados períodos de duración, las que finalmente resultan en un elevado nivel de endeudamiento del grupo familiar. Además, el Fondo de Desgravamen aumenta de UF.400 a UF. 1.000 UF, incluye al Titular y sus Cargas Familiares.
Personal en Servicio Activo y en Condición de Retiro
La cobertura de traslado aéreo y terrestre para el personal y sus cargas familiares, la cual considera lo siguiente:
El aporte voluntario por grupo familiar es de UF.0,2334 para el personal en Servicio Activo y de UF.0,1867 para el personal en Condición de Retiro. Las nuevas coberturas tienen carácter de indivisibles, es decir, no existe la posibilidad de renunciar a una de ellas en particular, sino que el aporte voluntario, contempla el acceso a la totalidad de éstas, es decir, aumento de coberturas (topes y desgravamen), traslado en ambulancia y evacuación aeromédica.
Si es personal en Servicio Activo, es requisito que cotice en el FOSAFE, donde el procedimiento de incorporación, consiste en que la unidad a la cual pertenece, deberá remitir al Comando de Salud del Ejército, documento en el cual, se debe indicar: Rut, Grado, Nombre, Firma y Fotocopia de Cédula de Identidad.
Si es personal en Condición de Retiro, es requisito que cotice en el Fdo. Complementario, donde el procedimiento de incorporación consiste en que deberá remitir carta dirigida al Comando de Salud del Ejército, indicando lo siguiente: Rut, Nombre, Opción (acepta nuevas coberturas), Firma, Cuenta Bancaria, Tipo de Cuenta Bancaria (Corriente o Vista) y Fotocopia de Cédula de Identidad, Teléfonos de Contacto y Correo Electrónico de Contacto.
Si es personal en Servicio Activo, la unidad a la cual pertenece, deberá remitir al Comando de Salud del Ejército, documento en el cual, se debe indicar: Rut, Grado, Nombre, Firma y Fotocopia de Cédula de Identidad.
Si es personal en Condición de Retiro, deberá remitir carta dirigida al Comando de Salud del Ejército, indicando lo siguiente: Rut, Nombre, Opción (renuncio a Cotización Adicional), Firma, Cuenta Bancaria, Tipo de Cuenta Bancaria (Corriente o Vista) y Fotocopia de Cédula de Identidad, Teléfonos de Contacto y Correo Electrónico de Contacto.
Los beneficiarios incorporados a la Cotización Adicional, podrán hacer uso de las coberturas, una vez enterados tres meses cronológicos de cotizaciones, es decir, accederán a ellas, desde el primer día del cuarto mes.
El beneficiario que rehúse al aporte adicional mantendrá su derecho a la cobertura, hasta el último día del mes en que registre descuento de dicho aporte.
El período de permanencia en las nuevas coberturas, no podrá ser inferior a dieciocho (18) meses, para aquellos beneficiarios que hayan hecho uso de éstas, ni menor a seis meses, respecto de aquellos que no las hayan utilizado.
En la eventualidad que el cotizante opte por renunciar al nuevo descuento, su situación será de mantener las coberturas existentes tal como se detalla a continuación:
Ya sea un beneficiario en Servicio Activo o en Condición de Retiro, que ha optado por renunciar a la Cotización Adicional, debe cumplir el mismo período de carencia del FOSAFE o Fondo Complementario, que consiste en enterar tres meses cronológicos de cotizaciones, es decir, accede a las nuevas coberturas desde el primer día del cuarto mes.
Si usted se encuentra adscrito a la Cotización Adicional Voluntaria, el tope anual de bonificación del FOSAFE y Fdo. Complementario, por cada beneficiario, alcanza hasta UF.1000. Con todo, el tope de UF.500 seguirá vigente para aquellos beneficiarios que opten por no adherirse a la Cotización Adicional.
Si usted es beneficiario en Condición de Retiro y se encuentra adscrito a la Cotización Adicional Voluntaria, el Fondo de Desgravamen alcanza hasta UF. 1.000, activándose al fallecimiento del beneficiario titular o de una de sus cargas familiares (las cuales se incorporan al adscribirse a la Cotización Adicional). Con todo, el tope del Fondo de Desgravamen de UF.400, seguirá vigente para aquellos beneficiarios que opten por no adherirse a Cotización Adicional Voluntaria.
Para materializar la cobertura de desgravamen, se debe presentar un Certificado de Defunción en la JEAFOSALE. Para ambos casos, el Fondo de Desgravamen opera sobre el saldo de la deuda de copagos que registre la cuenta individual del titular.
El beneficio rige para traslados desde y hacia centros asistenciales.
Si se encuentra adscrito a la Cotización Adicional Voluntaria, usted también, accederá a la evacuación aeromédica, desde provincias, zonas aisladas y eventuales casos de trasplante de órganos y ante situaciones de emergencia médica, donde el paciente requiere ser derivado al Hospital Militar de Santiago o a un centro asistencial de mayor complejidad.
El procedimiento de Evacuación Aeromédica consiste en:
Teléfonos de contacto HMS:
Para mayor información respecto de la Cotización Adicional Voluntaria, visite las páginas web, bien, www.jeafosale.cl ,
Por correo electrónico a informaciones@cosale.cl
Teléfonos de contacto de la JEAFOSALE:
Sí, puede comprar en una óptica particular, siempre y cuando se encuentre en el periodo con derecho a ello, y deberá solicitar el reembolso a la JEAFOSALE presentando la boleta y receta original.
Si necesita comprar audífonos puede hacerlo en : Centros Auditivos WIDEX Chile http://www.widex.cl
O bien, en cualquier otra tienda especializada del ramo.
Para cambiarse al Sistema de Salud Ejército se necesita adjuntar la siguiente documentación:
Fotocopia de la Cédula de Identidad del Titular
Fotocopia de la Cédula de Identidad de las Cargas Familiares (en caso de no tener C.I. traer un Certificado de Nacimiento)
Fotocopia de la última liquidación de Pensión
En caso de ser Apoderado, traer Poder Notarial Simple ORIGINAL, y fotocopia de la Cédula de Identidad del Apoderado.
Para cambiarse al Sistema de Salud Ejército se necesita adjuntar la siguiente documentación:
Fotocopia de la Cédula de Identidad del Titular
Fotocopia de la Cédula de Identidad de las Cargas Familiares (en caso de no tener C.I. traer un Certificado de Nacimiento)
Carta de desafiliación de la ISAPRE
En caso de ser Apoderado traer un Poder Notarial Simple ORIGINAL, y una Fotocopia de la Cédula de Identidad del Apoderado.
Fotocopia de la Liquidación de Pensión de CAPREDENA (en caso de ser pensionado por este organismo.)