¿Qué es la Ley Ricarte Soto?
Es un Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, que posee una COBERTURA UNIVERSAL.\nOtorga protección financiera a todos los usuarios de los sistemas previsionales de salud: FONASA, CAPREDENA, DIPRECA e ISAPRES, sin importar su situación socioeconómica.
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¿Qué cubre la Ley Ricarte Soto?
En una primera etapa, la Ley 20.850 Ricarte Soto (LRS) considera el diagnóstico y tratamiento de las siguientes enfermedades:
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Si usted es paciente que padezca alguna de las 11 patologías en tratamiento con los fármacos que constan en el cuadro adjunto, deberá acercarse donde su médico tratante y solicitar ser beneficiario de la Ley 20.850 “Ricarte Soto”.
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Su médico realizará la solicitud de tratamiento mediante formulario WEB, disponible en el portal de FONASA.
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La solicitud pasará por evaluación de un comité de expertos (Ministerio de Salud), quienes aprobarán o rechazarán la solicitud.
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Su médico tratante le comunicará la decisión del comité de expertos, la que de ser positiva deberá firmar el formulario de constancia y se le darán las indicaciones para efectuar su tratamiento y seguimiento.
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En el caso que el médico tratante -por los motivos que sea- no pueda subir el caso, Usted como paciente deberá acercarse a la oficina de “Atención al Paciente” (3er piso) del HOSPITAL MILITAR DE SANTIAGO y dejar estampado su reclamo. En un lapso de 20 días hábiles como máximo, se dará respuesta a su requerimiento.
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